En la próxima declaración del IRPF, los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones de hasta el 60% por obras de rehabilitación que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración. Es importante tener en cuenta que estas deducciones no aparecen en el borrador de la declaración, por lo que deben ser incluidas manualmente.
Hay tres niveles de deducción:
- El 20% de las cantidades satisfechas (hasta un máximo de 5000 euros) si se reduce el gasto en calefacción y refrigeración en al menos un 7% en la vivienda habitual o cualquier otro inmueble alquilado a un inquilino para su uso habitual.
- El 40% (hasta un máximo de 7500 euros) si se mejora la calificación energética a las letras A o B o si se disminuye en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
- El 60% en caso de obras de rehabilitación energética de edificios. La base máxima anual es de 5000 euros, pero el exceso se puede deducir en ejercicios siguientes hasta un máximo de 15.000 euros.
Es importante contar con el certificado de eficiencia energética expedido por el técnico competente para acreditar la obra. La deducción se aplicará en el período impositivo en el que se expida dicho certificado después de la realización de las obras. También hay limitaciones en cuanto a los elementos de la vivienda que se pueden deducir y no se consideran las cantidades satisfechas mediante entregas en efectivo. Además, se deben descontar las cuantías subvencionadas por ayudas públicas.
Para incluir estas deducciones en la declaración de la renta, se deben buscar dentro de las Deducciones generales de la cuota la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas en Renta WEB.